1. Solicitante
La persona que solicita al banco la emisión de una carta de crédito, también conocida como emisor de una carta de crédito;
Obligaciones:
①Emitir un certificado según el contrato.
②Pagar un depósito proporcional al banco
③Pagar la orden de canje de manera oportuna
Derechos:
①Inspección, orden de canje
②Inspección, devolución (todo basado en carta de crédito)
Nota:
①La solicitud de emisión consta de dos partes, a saber, la solicitud de emisión por parte del banco emisor y la declaración y garantía del banco emisor.
②Declaración de que la propiedad de los bienes antes del pago del pagaré de reembolso pertenece al banco.
③El banco emisor y su banco agente sólo son responsables de la superficie del documento.Responsabilidad por el cumplimiento
④El banco emisor no se hace responsable de errores en la entrega de documentos.
⑤No nos hacemos responsables de “fuerza mayor”
⑥Garantizar el pago de diversas tarifas
⑦El banco emisor puede agregar depósitos en cualquier momento si el certificado está disponible
⑧El banco emisor tiene derecho a decidir sobre el seguro de la carga y aumentar el nivel del seguro. La tarifa corre a cargo del solicitante;
2. Beneficiario
Se refiere a la persona nombrada en la carta de crédito que tiene derecho a utilizar la carta de crédito, es decir, el exportador o proveedor real;
Obligaciones:
①Después de recibir la carta de crédito, debe verificarla con el contrato de manera oportuna.Si no cumple con los requisitos, debe solicitar al banco emisor que la modifique o negarse a aceptarla lo antes posible o pedirle al solicitante que indique al banco emisor que modifique la carta de crédito.
②Si se acepta, enviar la mercancía y notificar al destinatario., preparar todos los documentos y presentarlos al banco negociador para su negociación dentro del tiempo especificado.
③Ser responsable de la exactitud de los documentos.Si son inconsistentes, usted debe seguir las instrucciones de corrección de la orden del banco emisor y aun así presentar los documentos dentro del plazo especificado en la carta de crédito;
3.Banco emisor
Se refiere al banco que acepta el encargo del solicitante de emitir una carta de crédito y asume la responsabilidad de garantizar el pago;
Obligaciones:
①Emitir el certificado de forma correcta y oportuna
②Ser responsable del primer pago
Derechos:
①Cobrar tarifas de manejo y depósitos
②Rechazar documentos disconformes del beneficiario o banco negociador
③Después del pago, si el solicitante de la emisión no puede pagar la orden de canje, se pueden procesar los documentos y bienes;
④La escasez de bienes se puede reclamar del saldo del solicitante de emisión del certificado;
4. Banco asesor
Se refiere a ser encomendado por el banco emisor.El banco que transfiere la carta de crédito al exportador sólo certifica la autenticidad de la carta de crédito y no asume otras obligaciones.Es el banco donde se ubica la exportación;
Obligación: necesidad de demostrar la autenticidad de la carta de crédito.
Derechos: El banco reenviador sólo es responsable de transferir
5. Banco negociador
Se refiere a un banco que está dispuesto a comprar el giro documentario entregado por el beneficiario, y con base en la garantía de pago del banco emisor de la carta de crédito y la solicitud del beneficiario, adelanta o descuenta el giro documental entregado por el beneficiario de conformidad con el disposiciones de la carta de crédito, y proporciona la carta de crédito al banco al que el banco pagador prescrito reclama (también conocido como banco comprador, banco de facturación y banco de descuento; generalmente el banco avisador; existen negociaciones limitadas y negociaciones libres)
Obligaciones:
①Revisar estrictamente los documentos
② Giro documental adelantado o con descuento
③ Avalar carta de crédito
Derechos:
①Negociable o no negociable
② Los documentos (de carga) se pueden procesar después de la negociación.
③Después de la negociación, el banco emisor quiebra o se niega a pagar con el pretexto de recuperar el anticipo del beneficiario.
6. Banco pagador
Se refiere al banco designado para el pago de la carta de crédito.En la mayoría de los casos, el banco pagador es el banco emisor;
El banco que paga al beneficiario por los documentos que cumplen con la carta de crédito (teniendo en cuenta el banco emisor u otro banco encomendado por este)
Derechos:
①El derecho a pagar o no pagar
②Una vez pagada, no hay derecho a recurrir al beneficiario o tenedor de la letra;
7. Un banco confirmador
Un banco encargado por el banco emisor de garantizar la carta de crédito en su propio nombre;
Obligaciones:
①Agregar “pago garantizado”
②Compromiso firme e irrevocable
③Responsable independiente de la carta de crédito y pago contra el comprobante
④Después del pago, solo puedes reclamar al banco emisor.
⑤Si el banco emisor se niega a pagar o quiebra, no tiene derecho a reclamar al beneficiario Recurso ante el banco negociador
8.Aceptación
Se refiere al banco que acepta el giro presentado por el beneficiario y también es el banco pagador.
9. Reembolso
Se refiere al banco (también conocido como banco compensador) al que el banco emisor le confía en la carta de crédito el reembolso de los anticipos al banco negociador o al banco pagador en nombre del banco emisor.
Derechos:
①Pague solo sin revisar documentos
②Solo paga sin reembolso
③El banco emisor reembolsará si no se reembolsa
Hora de publicación: 07-oct-2023